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      Número 37 / Elul 5781 / Agosto de 2021

      Edición dedicada anónimamente para el éxito de Osher Beyosher.

      Cancelación de clases o turnos

      ¡Que me paguen la clase cancelada!

      Un docente consulta si debe cobrar a los padres de sus alumnos particulares cuando éstos le cancelan clases por diferentes tipos de percances.

      Pregunta

      ¡Hola! Soy maestro particular para niños de diferentes edades, casi siempre de ‘Primaria’, y a raíz de algo que ocurrió unos días atrás, recordé que podía enviarles esta pregunta que tengo pendiente hace ya mucho, mucho tiempo. Algunas veces me sucede que el padre o la madre de un niño me cancelan alguna clase. Los motivos son de lo más diverso, y es normal que eso ocurra. Siempre son percances reales, estoy seguro y lo entiendo; nadie tiene mala intención. Sin embargo, algunas veces esas cancelaciones me afectan, tanto en mi plan de trabajo, como en mis ingresos, y quisiera saber cuál es el ‘límite de tolerancia’ en la Halajá para estas cancelaciones.

      Por ejemplo: si me cancelan una clase con un día de anticipación, normalmente puedo ocupar ese espacio de tiempo con otro alumno. Sin embargo, cuando la cancelan 5 o 10 minutos antes de salir hacia la casa, o inclusive con dos o tres horas de anticipación, ya no puedo poner otro niño en ese horario, y siento que a raíz de esa cancelación me hicieron perder el dinero que habría ganado dando esa clase. En una oportunidad llegué a la casa de un niño, ¡y en ese mismo momento me cancelaron la clase!

      Entonces mi pregunta es: ¿hay un punto en el cual yo deba pedir que de todos modos me paguen una clase que fue cancelada? Si es que sí, ¿cuál es ese punto, por favor? ¡Gracias!

      Respuesta

      ¡Hola! Si se trata de percances reales, como usted menciona, los padres no son responsables de lo que les ocurre involuntariamente, y como regla general no deben pagar esas clases en ningún caso, incluso si se la cancelaron 5 minutos antes del horario pactado. Sin embargo, si la cancelación de la clase ocurre cuando usted ya llegó al lugar, sí deben pagársela, solo que usted deberá descontar del valor de la clase lo que se llama la ‘anaá’, o sea, el provecho de ese tiempo que ahora usted tiene libre por no estar dando esa clase. El valor de ese provecho varía de persona a persona. Hay quienes lo estiman en un 50% del valor de la clase, o podría ser algo más o algo menos. Ahora bien, si ocurriera que al llegar a la casa esos padres le consiguen a usted otro alumno con el cual ocupar ese tiempo, o bien si usted mismo puede reemplazar ese tiempo dando clase a otro alumno, los padres no deben pagarle ese tiempo. ¡Gracias!

      Querido lector: nuestros sabios nos enseñan que nunca debemos aprender
      una Halajá a partir de otra que aparenta ser igual o similar. Por favor,
      no saques conclusiones de los casos aquí presentados; dirígete a tu Rabino
      para clarificar qué debes hacer tú en tu caso.

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