
Número 111 – Adar 5785 – Marzo de 2025
Edición dedicada para apoyar a Osher Beyosher en apoyo a su hermosa tarea.
Leyes de colindancia
El helado a otro lado
Consulta si puede ofrecerle a su amiga un alquiler más alto por un local que ya está ocupado por un inquilino, sabiendo que ésta se lo dará.
Pregunta
¡Hola! Una de mis mejores amigas es la dueña de un local comercial. En este momento, ella le alquila el local a una persona que tiene una tienda. Es un yehudí que vende sus productos hace algún tiempo, y que dentro de todo le va bien. Hace aproximadamente dos años comencé un emprendimiento comercial que está resultando muy exitoso, y como consecuencia de ello, estamos abriendo más locales. Se trata de una cadena de heladerías con un concepto muy especial, que no viene al caso explicar aquí. Mi pregunta es la siguiente: yo sé que si le ofrezco a mi amiga algo más de dinero por el local mencionado, ella me lo dará con gusto. No para quitar a quien está ocupándolo en este momento, sino porque somos amigas, y porque sabe que le cumpliré el reglamento a rajatablas. A mí me sirve mucho por su ubicación, y a ella le servirá para tener el local alquilado por más dinero que el que recibe hoy. Sin embargo, hay algo que me hace pensar que no está bien hacerlo, y por eso quería consultarles qué dice la Halajá al respecto. También mi esposo cree que no está bien, solo que él agregó otro punto a nuestro análisis: se trata de comercio, y en los negocios gana el más fuerte, con lo cual quizás esté permitido hacer una oferta mayor para quedarnos con ese local, más allá de lo que percibimos… ¡Gracias!
Respuesta
¡Hola! En efecto, tal como ustedes perciben, no está permitido hacerlo. El motivo es lo que la Halajá denomina Bar Matzra, las leyes de colindancia. Explicado de manera simple y breve, estas leyes establecen que quien está alquilando el local en este momento tiene precedencia sobre cualquier otro interesado, y el dueño no puede reemplazarlo por otro inquilino. La Halajá protege a quien ocupa el local. Esta norma también se aplica a terceros: si alguien ajeno a la propiedad (en este caso ustedes) quisiera desplazar al actual inquilino por cualquier motivo, tampoco estaría permitido. Ahora bien, si la dueña del local decide subir el precio por su cuenta, por el motivo que sea, y el inquilino actual no está dispuesto a pagarlo, entonces un tercero podría ingresar pagando ese precio, ya que en ese caso el dueño sabe con certeza que el inquilino no continuará. ¡Gracias!
Querido lector: nuestros sabios nos enseñan que no debemos deducir Halajot,
ni hacer comparaciones, sin conocer profundamente el tema. Si tienes dudas
de cómo hacer en tu caso, por favor, consulta con tu Rabino.
ni hacer comparaciones, sin conocer profundamente el tema. Si tienes dudas
de cómo hacer en tu caso, por favor, consulta con tu Rabino.
Para compartir tus comentarios, historias, ideas, o sugerencias,
o para recibir información sobre nuestros programas,
por favor escríbenos a: info@osherbeyosher.org
o para recibir información sobre nuestros programas,
por favor escríbenos a: info@osherbeyosher.org