Suscríbete al newsletter

    Suscríbete al newsletter

      newsletter_22

      Número 22 / Tevet 5781 – Diciembre de 2020

      Edición dedicada por un amigo anónimo del proyecto, para Hatzlajá –el éxito- de Osher Beyosher.

      Responsabilidad por un cheque vencido

      Un cheque vencido, según la Halajá

      Le compraron un producto con varios cheques de terceros, y uno se venció, ¿tiene derecho según la Halajá de reclamarle a su cliente el dinero?

      Pregunta

      ¡Hola! Hace unos meses un cliente me compró un producto, y me pagó con cheques de terceros. A su vez, yo pagué con esos cheques a un proveedor, quien me llamó días atrás para informarme que uno se había vencido, y me pidió que le reintegrara el dinero. Yo le reintegré el valor total, ya que se trata de un proveedor muy importante con quien no puedo quedar mal. Ahora el cheque está en mi poder, y quisiera recuperar ese dinero.

      Ahora bien, según la “ley de la calle”, cuando a una persona se le vence un cheque de terceros, pueden pasar dos cosas: una es que quien nos lo entregó se haga cargo a medias diciendo… es tu responsabilidad haber dejado que se te venza; voy a ver si logro recuperarlo para ti, pero no puedo asegurarte nada; en ese caso todo dependerá del esfuerzo esa persona esté dispuesta a hacer, y de si realmente puede recuperar el dinero, pero el mensaje es claro: si no logra recuperarlo, uno pierde el dinero; la otra es que quien lo entregó diga… pues bien, si se te venció, es un asunto tuyo, ve y busca al dueño del cheque a ver si consigues que te lo pague; obviamente aquí dependerá del esfuerzo que uno haga y de si logrará cobrar ese cheque. Pero en ambos casos es probable que debamos considerar a ese dinero como perdido.

      En mi caso, y conociendo cómo se manejan estas cosas, no llamé aun al cliente que me pagó con ese cheque, e intenté dar con el emisor original, pero no he tenido éxito hasta la fecha, y quisiera saber qué dice la Halajá sobre un caso así. O sea: aunque en la calle la regla sea que yo debo hacerme cargo porque soy quien tiene el cheque en sus manos, la realidad es que el cliente que me pagó con ese cheque no me pagó la totalidad del producto porque el cheque se venció, y yo no cobré ese dinero. Siendo esto así, y según la Halajá, ¿puedo reclamarle al cliente que me pagó con ese cheque que él se haga responsable por el cheque que me entregó, y que me reintegre el dinero, tal como mi proveedor hizo conmigo?

      ¡Muchas gracias!

      Respuesta

      ¡Hola! Permítame comenzar la respuesta con una regla general que usted ha mencionado indirectamente en su pregunta: una deuda que se contrae, continúa siendo una deuda hasta que se la cancele completamente, y no caduca, aún si ésta se pagó con un cheque que se venció.

      Según esta regla, aparentemente, su cliente debería devolverle el dinero del cheque, ya que al haberse vencido el mismo, él no ha cancelado la deuda con usted.

      Ahora bien, si su consulta habría sido sobre un cheque emitido directamente por su cliente, él habría tenido la obligación de responder por esa deuda, siempre que usted tuviera el cheque en su posesión.

      Sin embargo, en este caso la costumbre del lugar tiene preponderancia, modificando la regla general mencionada arriba, y define el dictamen Halájico, quedando del siguiente modo: al tratarse de cheques de terceros, y no de cheques personales; y al ser que, según usted menciona, la regla de la calle en su país es que la persona a quien se le venció el cheque es quien debe hacerse cargo de recuperarlo -y no quien lo entregó-, entonces su cliente no tiene la obligación de reintegrarle a usted el dinero. Permítame recalcar el hecho de que él no tiene la obligación. O sea: podría hacerlo si él quisiera, pero no está obligado a devolverle el dinero a usted. Esto es así porque en el momento de la transacción, cuando usted recibió esos cheques de terceros, usted conocía la regla de la calle de que su cliente no respondería por el vencimiento de los mismos, y al aceptar esa condición implícita, su cliente no es responsable por ese vencimiento, y la deuda en principio se considera cancelada.

      Por otro lado, al ser que usted tiene en su posesión el cheque vencido, su cliente tiene la obligación de realizar todo lo que esté a su alcance para recuperarlo por lo que en la Halajá se conoce como din de Hashabat Avedá, o sea, devolver un objeto perdido o evitar que se pierda.

      Por lo tanto: su cliente no tiene la obligación de devolverle el dinero, pero sí tiene la obligación de hacer todo lo posible por recuperarlo, aun cuando el cheque no lo haya emitido él

      Querido lector: nuestros sabios nos enseñan que nunca debemos aprender
      una Halajá a partir de otra que aparenta ser igual o similar. Por favor,
      no saques conclusiones de los casos aquí presentados; dirígete a tu Rabino
      para clarificar qué debes hacer tú en tu caso.

      Para compartir tus comentarios, historias, ideas, o sugerencias,
      o para recibir información sobre nuestros programas,
      por favor escríbenos a: info@osherbeyosher.org

      Otras ediciones

      Start typing and press Enter to search